La ruta de atención para quejas por violencia de género se basa en lo que estipula el protocolo para la atención integral de casos de violencia por razones de género en la Universidad Nacional Autónoma De México.
Has clic en la imagen para abrir la infografía de la ruta de atención.
Consulta el protocolo y la ruta de atención en donde conocer paso a paso el proceso.
- Acércate a la Defensoría (antes de ir a la oficina jurídica de tu Entidad Académica o Dependencia Universitaria).
- Como integrante de la comunidad universitaria, hablar con la Defensoría es tu derecho, sin importar ubicación, edad, género, identidad o cargo. Nadie te debe amenazar o intimidar si te acercas.
- La Defensoría, al ser un órgano independiente, puede fijar los límites de su competencia.
¿Quién se encarga de atender las quejas de violencia por razones de género dentro de la UNAM?
La Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género se encarga de atender las quejas de violencia por razones de género dentro de la UNAM.
De acuerdo con el artículo 1° del Estatuto de la DDUIAVG de la UNAM, la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género es un órgano de la Universidad Nacional Autónoma de México que, para contribuir a la promoción de la igualdad entre los universitarios, tiene por objeto:
I. Recibir y atender quejas del alumnado y personal académico de la UNAM, por actos u omisiones que afecten los derechos que otorga la normativa universitaria;
II. Recibir y atender quejas del alumnado, personal académico y personal administrativo por actos u omisiones que constituyan violencia de género;
III. Coadyuvar con las autoridades en la estrategia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género y cualquier otra forma de violencia en la UNAM, y
IV. Proporcionar asesoría en materia de derechos universitarios y violencia de género.
¿Qué conoce la la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género?
- Competencia de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género: El Estatuto y el Reglamento de la Defensoría la facultan para conocer y, cuando sea posible, resolver sobre las reclamaciones, quejas, inconformidades o denuncias que realicen ante ella los miembros del personal académico y los estudiantes, así como personal administrativo en materia de violencia de género.
- Excepciones a la competencia de la Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género: Conviene advertir que la competencia es de carácter general, al ser la Defensoría la vigilante del cumplimiento de la Legislación Universitaria y la promoción de la igualdad entre universitarios, excluyéndose sólo las materias señaladas en el artículo 4º del Estatuto: "Afectaciones de los derechos de naturaleza laboral, sean de carácter individual o colectivo; las resoluciones disciplinarias emanadas de competencias exclusivas; o las evaluaciones académicas del profesorado, jurados calificadores, comisiones dictaminadoras, consejos técnicos o internos, así como en general aquellas que puedan atenderse por otras vías establecidas por la Legislación Universitaria".
- La Defensoría, al ser un órgano independiente, puede fijar los límites de su competencia.
Para mayor información también puedes consultar el sitio web de la Defensoría de los Derechos Universitarios y el sitio web de la Coordinación para la Igualdad de Género en la UNAM.
